Se considera venta ambulante o no sedentaria la realizada por comerciantes fuera de un establecimiento comercial permanente, de manera habitual, ocasional, periódico o continuado, en los perímetros o lugares debidamente autorizados, en instalaciones comerciales desmontables o transportables, incluyendo los camiones o vehículos tienda, carritos y otras instalaciones de carácter itinerante.
MODALIDADES DE VENTA AMBULANTE
1.- Venta ambulante en mercados periódicos : feria de Cambre y feria del Temple
2.- Venta ambulante en puestos desmontables instalados en la vía pública: aquella autorizada para un número de puestos, situaciones y períodos determinados.
3.- Venta ambulante en mercados ocasionales con motivo de fiestas, romerías y acontecimientos populares.
4.- Venta ambulante en camiones o vehículos tienda.
5.- Venta ambulante a pie, utilizando carritos o instalaciones de carácter itinerante