Plazo para prórrogas de venta ambulante

Artículo 19.3 de la Ordenanza reguladora de la venta ambulante en el municipio de Cambre (modificado BOP nº 28 23/02/2018)

19.3.- Duración de las autorizaciones. Las autorizaciones se otorgarán por un período fijo de tiempo. Su duración será de cinco años, prorrogables expresamente por idénticos períodos, previa solicitud , al menos con quince días naturales de antelación a la finalización de la presente autorización , debiendo en todo caso permitirse la amortización de las inversiones y una justa retribución de las mismas. capital invertido.