Requisitos venta ambulante

REQUISITOS

– Estar dado de alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda durante todo el tiempo de la vigencia de la autorización que sea concedida. En el caso de personas jurídicas, el personal asalariado que acuda al mercado deberá estar dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, como trabajador por cuenta ajena.
– Estar dado de alta en el censo de actividades económicas de la Agencia Tributaria de la Hacienda del Estado (AEAT).
– Estar al corriente con la Seguridad Social a Agencia Estatal Tributaria (AEAT), la Hacienda de la Xunta de Galicia (ATRIGA) y con el Ayuntamiento de Cambre.
– Cumplir con los requisitos de las reglamentaciones de cada tipo de productos.
– Estar en posesión, en su caso, del certificado acreditativo de haber recibido formación en materia de manipulación de alimentos.
– Disponer de seguro de responsabilidad civil.
– Los vehículos tienda deberán tener permiso de circulación y tarjeta de inspección técnica actualizada y estar al día en el pagado del seguro *obligatorio de vehículos a motor.

En el caso de la venta de producción propia cuyo producto final esté incluido en el anexo I del artículo 38 el Tratado de funcionamiento de la Unión Europea:

– Ser titular de una explotación agraria.
– No tener deudas con el Ayuntamiento de Cambre.
– Lugar de producción de la mercancía, indicando la dirección completa.
– Cumplir con los requisitos de las reglamentaciones de cada tipo de producto.