Principais prestacións municipais

Servicios de ayuda para domicilio municipal

¿Qué es?

Es un servicio orientado a las personas y familias con problemas para la realización de actividades básicas diarias, proporcionándoles atención directa en el hogar con el fin de prevenir situaciones de deterioro personal y social y conservar o recuperar el bienestar físico y social.

Se halla regulada en la Ordenanza reguladora de la presación del servicio de ayuda en el hogar (ver ordenanzas)

¿Quién puede solicitarlo?

Todas las personas o unidades de convivencia para las que, de acuerdo con la valoración técnica correspondiente, suponga un recurso idóneo de atención. De forma particular, el SAF atenderá a las personas mayores con déficits de autonomía y a persoas con diversidad funcional, especialmente cuando carezcan de apoyo persoal en su entorno inmediato, así como a hogares con menores en los que se observe necesidad de una intervención de carácter socioeducativo. También podrá dar una respuesta preventiva y socializadora a diversas situaciones de familias en riesgo de exclusión social.

Documentación que aportar

  • Solicitude
  • Fotocopia del DNI o NIE de la persoa solicitante y de las personas que convivan en el mismo domicilio, de ser el caso.
  • Fotocopia de la targeta sanitaria de la persoa solicitante.
  • Justificante de convivencia del padrón municipal.
  • Informes médicos recientes sobre el estado de salud de la persona solicitante.
  • Certificado de minusvalía y /o certificado do grado y nivel de dependencia, de ser el caso.
  • Certificado del número de cuenta en la que se desea que se carguen los recibos.
  • Anexo de autorización bancaria. (link al anexo)
  • Fotocopia de los recibos de la contribución del año en curso, de la persona solicitante y de los miembros de la unidad de convivencia, de ser el caso.
  • Certificado bancario de juros capitales a 31/12 del año anterior al de la solicitud, de la persona solicitante y de los miembros de la unidad de convivencia. (Se solicitan en el banco)
  • Certificado bancario del saldo a 31/12 del año anterior al de la solicitud de todas las cuentas corrientes y a plazo fijo de la persoa solicitante y de los miembros de la unidad de convivencia. (Solicitar en el banco)
  • En el caso de no recibir ingresos y estar en edad de trabajar el solicitante o algún miembro de la unidad de convivencia: certificado de alta en el INEM como demandante de empleo y certificado conforme no cobra ninguna prestación del INEM o de la seguridad social.
  • En el caso de que el solicitante o algún miembro de la unidad de convivencia reciba pensión del extranjero, es preciso que presente certificado del banco en el que se indique la cuantía mensual que recibió en los dos años anteriores al de la solicitud.

Los anexos que se detallan a continuación deberan ser cubiertos y firmados por el solicitante y por cada uno de los miembros de la unidad familiar. En el caso de que no se deseen cubrir los anexos, es preciso que dispongan de la siguiente documentación:

  • Fotocopia de la última declaración de la renta (Salvo que se cubra y firme la autorización para acceder a los datos tributarios de la persona solicitante y del resto de los miembros de la unidad de convivencia. (Anexo VII) (link al anexo VII)
  • Certificado de la pensión mensual del año en curso del organismo correspondiente o certificación bancaria de la persoa solicitante y del resto de los miembros de la unidad de convivencia. (Salvo que se cubra y se firme la autorización) (link al anexo)
  • Fotocopia de la declaración del impuesto sobre el patrimonio del año anterior al de la solicitud de la persona solicitante y del resto de los miembros de la unidad de convivencia. (Salvo que se cubra y se firme la autorización ) (Link al anexo)
  • Certificado de la relación de bienes e inmuebles y del valor catastral de los mismos que posea la persona solicitante del servicio y de los miembros de la unidad de convivencia. (Salvo que se cubra y se firme la autorización ) (link al anexo)

Cómo solicitar la ayuda o subsanar una solicitud ya presentada.

Tras la cita con el trabajador social, la documentación deberá presentarse en cualquiera de los padrones municipales o por dirección electrónica en las direcciones.

Si la solicitud no aporta la documentación necesaria, o si la solicitud no reúne los requisitos exigidos, se requerirá al interesado que subsane las omisiones observadas o acompañe los documentos preceptivos en el plazo de 10 días hábiles. Para este procedimiento se utilizará una solicitud general. (link a la solicitud)

Cómo cancelar una solicitud o darse de baja una vez concedido el servicio

Para renunciar a la tramitación de una solicitud o solicitar la extinción del servicio una vez concedido, será necesario que se realice mediante registro en la forma establecida en el apartado anterior. Para este procedimiento se utilizará una solicitud general. (link a la solicitud)

Precio

La tasa aplicable se determinará en función de la renta per cápita de la unidad familiar.

Revisión anual del precio

En el primer mes de cada año, el departamento de servicios sociales enviará una solicitud a los usuarios del servicio para que actualicen la documentación económica con el fin de comprobar que el precio/hora que se aplica es el correcto.

La documentación obligatoria a presentar será la de los apartados 9 a 17, siendo necesario aportar únicamente la de los apartados 1 a 8 en el caso de que exista alguna modificación en la misma.

Esta documentación se presentará para la inscripción en el formulario indicado anteriormente, con un formulario de solicitud general (enlace a la solicitud)

Plazo de presentación

Abierto todo el año, siendo un requisito indispensable cita previa con la trabajadora social, ésta podrá solicitarse en el 981 654 812 o a través de la cita previa en https://citaprevia.cambre.es/main/index.html

Ayudas municipales de emergencia social

¿Qué es?

Son medidas de apoyo a personas de escasos recursos económicos para contribuir a la cobertura de necesidades básicas como vivienda, alimentación básica e higiene personal, educación, cobertura de atención primaria de salud y otras atenciones especiales de salud que correspondan o ayudas escolares.

Están reguladas en la Ordenanza que regula las medidas de apoyo a la integración socio-familiar de las personas que participan en el programa de intervención familiar. Enlace a ordenanzas

¿Quién puede solicitarlo?

Todas aquellas personas o unidades de convivencia de escasos recursos económicos y que estén empadronadas en el Ayuntamiento de Cambre, previa cita con la trabajadora social.

Documentación mínima a aportar

  • Impreso de la solicitud indicando el tipo de ayuda. (link al impreso)
  • Anexo II. (link al anexo II)
  • Folleto de registro de convivencia.
  • Fotocopia del DNI, NIE o PASAPORTE del solicitante y de todos los miembros de la unidad familiar.
  • Fotocopia del libro de familia.
  • Sentencia de separación o divorcio o convenio regulador, en su caso, en el que conste la cuantía de las pensiones compensatorias y/o alimenticias.
  • Informe de la vida laboral de todos los miembros de la unidad familiar en edad de trabajar.
  • En caso de encontrarse algún miembro activo de la unidad familiar, se facilitarán las tres últimas nóminas.
  • En el caso de que un miembro de la unidad familiar de 16 años o más estudie, se deberá aportar un certificado de estudios.
  • En el caso de que algún miembro de la unidad familiar se encuentre en situación de desempleo, se le facilitarán tarjetas de solicitud de empleo y certificado del SEPE, según perciba o no prestación.
  • Certificado de la Seguridad Social de todos los miembros de la unidad familiar según perciban o no pensión.
  • Extractos bancarios de los últimos seis meses de todas las cuentas de la unidad familiar.
  • Fotocopia del contrato de arrendamiento y último recibo pagado o último recibo de pago de hipoteca.

Toda esta documentación es común a cualquiera de las ayudas de emergencia social previstas en la ordenanza municipal, sin perjuicio de que el trabajador social pueda solicitar cualquier otra documentación acreditativa en función del tipo de ayuda o de la situación familiar.

Cómo solicitar ayuda o subsanar la solicitud ya presentada.

Tras la cita con el trabajador social, la documentación indicada en el apartado anterior deberá presentarse en cualquiera de los registros municipales o por sede electrónica en las siguientes direcciones:

Si la solicitud no aporta la documentación general o específica exigida para cada tipo de ayuda, o no reúne los requisitos exigidos, el interesado estará obligado a subsanar las omisiones observadas o acompañar los documentos exigidos en el plazo de 10 días hábiles. Para este procedimiento se utilizará una solicitud general. (link a la solicitud)

Cómo renunciar a una solicitud de asistencia ya presentada

Para renunciar a una solicitud en trámite será necesario que se realice mediante inscripción en la forma establecida en el apartado anterior. Para este procedimiento se utilizará una solicitud general. (link a la solcitude)

Tipos de ayudas

Plazo de presentación

Abierto todo el año
Para solicitar cualquier ayuda, es imprescindible concertar una cita con la trabajadora social. Ésta podrá ser solicitada en el 981 654 812 o en la página web https://citaprevia.cambre.es/main/index.html

Informes sociales y otros informes técnicos

¿Qué es?

El informe social tiene como objetivo informar a otros profesionales, servicios o instituciones acerca de la situación social de una persona o familia.

Objetivos

  • Dar a conocer la existencia y características de una determinada situación social con el fin de aliviarla o modificarla.
  • Proporcionar información para la opinión profesional.
  • Obtener recursos sociales ya establecidos.
  • Promover recursos sociales.
  • Facilitar información a otro trabajador social.

En ocasiones determinados trámites o gestiones requieren un informe social o un informe técnico de los servicios sociales comunitarios, siendo los principales:

  • Acreditar una situación vulnerable para el acceso al comedor escolar
  • Acreditar la integración social para las solicitudes de autorización de residencia por arraigo social
  • Derivación a otras entidades: Cáritas, ADRA, Cruz Roja, entre otras.
  • Informe de habitabilidad de la vivienda.
  • Obtener exención de actividades extraescolares

¿Quién puede solicitarlo?
Empadronados en el Ayuntamiento de Cambre, cita previa con la trabajadora social el teléfono 981 654 812 o a través de la dirección de correo electrónico ser_sociales@cambre.org.

Documentación a aportar

El indicado por el trabajador social en la cita previa, ya que varía en función del tipo de informe.

Cómo solicitar el informe o corregir la solicitud ya presentada.

En solicitud general en cualquiera de los padrones municipales o por sede electrónica en las direcciones 

Cómo renunciar a una solicitud de ayuda ya presentada

Para renunciar a una solicitud en trámite será necesario que se realice mediante inscripción en la forma establecida en el apartado anterior. Para este procedimiento se utilizará una aplicación general. (link a la solcitud)

Precio

El trámite es gratuito.

Plazo de presentación
Abierto todo el año, siendo imprescindible cita previa con la trabajadora social, se puede solicitar en 981 654 812 o a través de la página web https://citaprevia.cambre.es/main/index.html

Bonotaxi para personas con diversidad funcional y mobilidad reducida para utilizar transporte público colectivo

¿Qué es?

Ayudas económicas individuales para proporcionar un medio de transporte alternativo adaptado a aquellas personas con diversidad funcional, gravemente afectadas por su movilidad, y que tienen dificultades para utilizar el transporte público, y así poder mejorar el pleno desarrollo de una vida social autónoma.

Se concreta en la concesión de una ayuda económica individual, en forma de bonificaciones, que permite a los beneficiarios utilizar el servicio de taxi para sus desplazamientos.

Será necesario utilizar el taxi adaptado existente en Cambre o los taxis convencionales del municipio, estos últimos siempre que sea posible su uso en virtud de la discapacidad del beneficiario. Sólo se podrán utilizar taxis adaptados de otros municipios si no hay disponibilidad en Cambre o el beneficiario no puede utilizar un taxi convencional.

El importe máximo a percibir a través de las bonificaciones por beneficiario será de 700,00 euros anuales.

Bases publicadas en el Diario Oficial de la Provincia número 148 del 7 de agosto de 2019.

¿Quién puede solicitarlo?

Podrán solicitar la subvención las personas con discapacidad y movilidad reducida que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar empadronado en el municipio de Cambre con una antigüedad de un año, con anterioridad a la presentación de la solicitud y permanecer inscrito en el padrón municipal mientras perciba la ayuda.
  • Ser mayor de 3 años.
  • Tener reconocido el estatus legal de discapacidad igual o superior al 33% y la escala de movilidad que impida el uso del transporte público, y así se acredite en el certificado oficial del grado de discapacidad, emitido por el Equipo de Evaluación y Orientación (EVO) , dependiente de la Xunta de Galicia.
  • Si usted no es propietario, cualquier miembro de la unidad de convivencia, de su propio vehículo adaptado y en caso de tenerlo, podrá solicitar esta ayuda para aquellos periodos en los que, por motivos de supervivencia debidamente justificados, no pueda utilizarlo. éste o cualquier otro impedimento.
  • Estar al tanto de sus obligaciones tributarias, de seguridad social y de la hacienda autonómica y local, y no estar inhabilitado para obtener subvenciones públicas.
  • No haber reconocido esta prestación por convenio colectivo, contrato de trabajo o cualquier otro título que acredite esta prestación, o no tener derecho a este servicio a través de MUFACE, ISFAS u otra entidad.
  • Cada miembro de la unidad de convivencia no podrá tener una renta per cápita anual superior al 200% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), vigente para cada año. Excepcionalmente, el límite de ingresos podrá incrementarse en un 20% adicional, previo informe técnico del departamento de servicios sociales.

Documentación a aportar

  • Fotocopia del libro de familia. Certificación o copia certificada de inscripción de matrimonio, unión libre, unión de hecho o cualquier otro tipo de unidad de convivencia debidamente registrada.
  • Fotocopia del DNI o, en su defecto, del NIE del solicitante o representante legal, en su caso. Y documentación que acredite la patria potestad o la representación legal del menor (libro de familia u orden judicial).
  • Fotocopia del certificado oficial del grado de discapacidad del solicitante, emitido por el Equipo de Evaluación y Orientación (EVO), en el que conste el grado de discapacidad y tener dificultades para utilizar el transporte público o, en su defecto, Tarjeta acreditativa del grado de discapacidad.
  • Documentación que acredite ser beneficiario, en su caso, del servicio gallego de apoyo a la movilidad 065.
  • Documentación que acredite ser beneficiario, en su caso, del servicio gallego de apoyo a la movilidad 065.
  • Anexo III de autorización, firmada por todos los integrantes de la unidad de convivencia computable, para que el Ayuntamiento de Cambre pueda solicitarle datos fiscales a la Agencia Tributaria relativos a su nivel de ingresos, (enlace al anexo)
  • En el caso de que el solicitante o alguno de los integrantes de la unidad de convivencia no esté obligado a presentar la declaración anual del Impuesto sobre la Renta, se acreditarán los ingresos mediante:
    • Certificados o cartas de actualización de pensiones expedidos por el Instituto de la Seguridad Social u otros organismos competentes, en los que se indique el importe mensual percibido por los miembros de la unidad de convivencia que sean pensionistas durante el ejercicio en curso, si procede.
    • Fotocopia compulsada de las 2 últimas nóminas de los integrantes de la unidad de convivencia que se encuentren laborando, en su caso.
    • Certificado del INEM, que refleje el importe de las percepciones económicas percibidas por los miembros de la unidad de convivencia que se encuentren en situación de desempleo, en su caso.
    • Certificado que acredite el desempeño de la actividad formativa (incluidos los cursos de formación), de los mayores de 18 años, en su caso.
  • En caso de que el solicitante o cualquier otro miembro de su unidad de convivencia perciba rentas libres de impuestos (pensiones no contributivas u otras) o pensiones devengadas en el extranjero, deberá aportar un certificado emitido por la entidad pagadora.

Cómo solicitar ayuda o rectificar la solicitud ya presentada.

La solicitud y documentación indicada en el apartado anterior deberá presentarse en cualquiera de los padrones municipales o por sede electrónica en las direcciones:

Si la solicitud no aporta la documentación necesaria, o si la solicitud no reúne los requisitos exigidos, se requerirá al interesado que subsane las omisiones observadas o acompañe los documentos preceptivos en el plazo de 10 días hábiles. Para este procedimiento se utilizará una aplicación general. (link a la solicitud)

Cómo renunciar a una solicitud de asistencia ya presentada

Para renunciar a una solicitud en trámite será necesario que se realice mediante inscripción en la forma establecida en el apartado anterior. Para este procedimiento se utilizará una solicitud general. (link a la solicitude)

Precio

El trámite es gratuito.

Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes será el indicado en la convocatoria de cada año.
Del 28 de enero al 13 de febrero de 2020. Plazo cerrado.

 

Tarjeta de estacionamiento de vehículos a motor para personas con movilidad reducida

¿Qué es?

Documento que acredita al titular del mismo para utilizar los estacionamientos reservados, y disfrutar de los derechos, que sobre estacionamiento de vehículos privados que transporten personas con movilidad reducida, establece el Ayuntamiento de Cambre a favor de dichas personas.

¿Quién puede solicitarlo?
Personas con movilidad reducida, según el baremo establecido en el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, sobre el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, o que tengan una discapacidad visual reconocida que implique un grado de limitación en la actividad igual o superior al 75%.

Deberá de estar empadronado en el Ayuntamiento de Cambre

Documentación a aportar

– Solicitud general (link a la solicitud)
– Fotocopia del certificado o tarjeta de discapacidad expedido por la Xunta
– Fotocopia del DNI de la persona solicitante
– Volante del padrón
– 2 fotografías tamaño carnet

Cómo solicitar la tarjeta o corregir la solicitud ya presentada.

La solicitud y documentación indicada en el apartado anterior deberá presentarse en cualquiera de los padrones municipales o por sede electrónica en las direcciones:

Si la solicitud no aporta la documentación necesaria, o si la solicitud no reúne los requisitos exigidos, se requerirá al interesado que subsane las omisiones observadas o acompañe los documentos preceptivos en el plazo de 10 días hábiles. Para este procedimiento se utilizará una aplicación general. (link a la solicitud)

Cómo renunciar a una solicitud de asistencia ya presentada

Para renunciar a una solicitud en trámite será necesario que se realice mediante inscripción en la forma establecida en el apartado anterior. Para este trámite se utilizará una aplicación general. (link a la solicitud)

Caducidad y renovación

Caducan a los 10 años de su concesión en el caso de que la calificación de invalidez sea permanente, y en el caso de que sea provisional, caducará cuando haya transcurrido el plazo señalado en el certificado de invalidez.

Para la renovación se seguirá el mismo procedimiento que para la adjudicación inicial.

Precio
Trámite gratuito.

Plazo de presentación
Se puede presentar a lo largo de todo el año.

Exención del 100% de las tarifas de agua y alcantarillado

¿Qué es y quién puede solicitarlo?

Se aplicará una bonificación del 100% sobre la cantidad mínima facturable determinada para uso doméstico a aquellos contribuyentes que acrediten su falta de capacidad económica según informe de los servicios sociales del Ayuntamiento de Cambre.

El beneficiario de la bonificación deberá ser el pagador de la póliza de suscripción del suministro de agua y estar empadronado en la vivienda objeto de la bonificación.

Los ingresos netos anuales de la unidad de convivencia a la que pertenezca el beneficiario deberán ser los siguientes:

  1. Igual o inferior a 1,5 veces del índice IPREM de 14 pagas, en el caso de un único miembro en la unidad de convivencia.
  2. Igual o inferior a 2 veces del índice IPREM de 14 pagas, en el caso de que haya dos miembros en la unidad de convivencia.
  3. Igual ou inferior a 2,5 veces del índice IPREM de 14 pagas, en el caso de que haya tres o más miembros en la unidad de convivencia.

Los multiplicadores de renta respecto del IPREM de 14 cuotas establecidos en el párrafo anterior se incrementarán, en cada caso, en 0,5, siempre que concurra alguna de las siguientes circunstancias especiales:

  1. Que el usuario o uno de los miembros de la unidad de convivencia tenga una discapacidad reconocida igual o superior al 33%.
  2. Que la usuaria o cualquiera de los miembros de la unidad de convivencia acredite la situación de violencia de género, de conformidad con lo previsto en la legislación vigente.
  3. Que el usuario o cualquiera de los miembros de la unidad de convivencia tenga la condición de víctima del terrorismo, de conformidad con lo previsto en la legislación vigente.
  4. Que o usuario ou algún dos membros da unidade de convivencia se atope en situación de dependencia recoñecida de grao II ou III, conforme ao establecido na lexislación vixente.
  5. El usuario deberá acreditar que la unidad de convivencia está formada por un padre soltero y al menos un menor.

La bonificación se aplicará por primera vez en la facturación correspondiente al trimestre siguiente al de la solicitud del beneficio fiscal por parte del interesado, siempre que haya presentado la documentación necesaria dentro del plazo para su resolución.

Está regulado en la Ordenanza Fiscal número 15 por la que se regula el canon por el suministro de agua (enlace a la ordenanzas)

Documentación a aportar

  • Solicitud general. (link a la solicitud)
  • Folleto de registro de convivencia que se puede solicitar en cualquiera de los registros municipales.
  • Acreditación de ingresos o no ingresos, como en el caso de todos los miembros de la unidad de convivencia mayores de 18 años.
  • Fotocopia del último recibo de pago de la vivienda, ya sea de alquiler o hipoteca.
  • Transacciones bancarias de los últimos 6 meses de todas las cuentas de todos los miembros de la unidad familiar.

Cómo solicitar ayuda o rectificar una solicitud ya presentada

Tras la cita con el trabajador social, la documentación deberá presentarse en cualquiera de los padrones municipales o por dirección electrónica en las direcciones:

Si la solicitud no aporta la documentación necesaria, o si la solicitud no reúne los requisitos exigidos, se requerirá al interesado que subsane las omisiones observadas o acompañe los documentos preceptivos en el plazo de 10 días hábiles. Para este procedimiento se utilizará una aplicación general. (link a la solicitud)

Cómo renunciar a una solicitud

Para renunciar a una solicitud en trámite será necesario que se realice mediante inscripción en la forma establecida en el apartado anterior. Para este procedimiento se utilizará una solicitud general. (link a la solcitud)

Precio
El trámite es gratuito.

Renovación anual

Durante el primer trimestre de cada año, el Ayuntamiento comprobará que los beneficiarios de estas bonificaciones siguen cumpliendo los requisitos necesarios para disfrutar de las mismas.

Para lo cual los beneficiarios deberán presentar, antes del 28 de febrero, ante el Ayuntamiento, la documentación acreditativa de aquellos extremos tanto de su situación familiar y de convivencia, como económicos a 1 de enero del año en curso, que motivaron su concesión.

Si en este plazo no se aporta la justificación necesaria, se revocará la bonificación concedida con efectos a partir del 1 de enero de ese año.

Plazo de presentación

Abierto todo el año, siendo imprescindible cita previa con la trabajadora social, se puede solicitar en el 981 654 812 o en la dirección de correo electrónico ser_sociales@cambre.org.